Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
22-06-2013

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130622-5

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2013, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Servicios Sociales de Lavandería, Sociedad Limitada”, y representante legal de los trabajadores y representante de FRTCM-UGT y asesora de UGT (PCM-0152/2013).

Vista del acta de la mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 15 de abril de 2013.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente número: PCM-0152/2013.

En Madrid, a las nueve y treinta horas del miércoles 3 de abril de 2013.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Jesús Alarcón Fernández.

Vocal: Don Daniel Fernández de Lis.

Vocal: Don Jesús Félix Cuesta Derecho.

Vocal: Doña Isabel Taboada López

Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha martes 26 de febrero de 2013, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don David Vieira Martorell, en calidad de representante legal.

“Servicios Sociales de Lavandería, Sociedad Limitada”, con domicilio en calle Forjadores, número 22, de Boadilla del Monte.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Doña María Ángeles Ojeda Abolafia, en calidad de representante de FRTCM-UGT.

Doña Kaltum Mohand Aisa, representante legal de los trabajadores.

Doña María José Romero Barrero, en calidad de asesora UGT.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por la FRTCM-UGT Madrid

ABIERTO EL ACTO

Las partes se someten expresamente al procedimiento de conciliación y mediación del Instituto Laboral para el conflicto objeto del presente acto.

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

La empresa reconoce expresamente el acuerdo anterior a la subrogación, en el que se reconoce la no compensación ni absorción de las retribuciones superiores al convenio de aplicación, por lo que, pese a la regularización del salario base efectuado en enero de 2012, en el momento que sea de aplicación cualquier subida salarial, la misma se efectuará sin merma de las retribuciones consolidadas a diciembre de 2011, aplicando la subida sobre las mismas.

Los conceptos retributivos a los que se refiere este acuerdo y que no son compensables ni absorbibles son: “mejora voluntaria y plus disponibilidad”, a fecha de diciembre de 2011.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las diez y diez horas del día de hoy.—La secretaria suplente (firmado).

(03/17.035/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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