Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
08-06-2013

Sección 2.111.50.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130608-9

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DEL INTERIOR

Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid

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Declaración pérdida vigencia permiso o licencia conducción

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación del acuerdo por el que se revoca la resolución de declaración de pérdida de vigencia del permiso o licencia de conducción en los expedientes que se indican, incoados por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su sede el órgano que dictó el acto originario impugnado, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 8.3 en relación con el 14.1 primera, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 46.1 de la citada Ley.

Expediente. — Conductor. — DNI/NIF. — Localidad. — Fecha

2827600144. — Jorge González Fayerman. — 50863116. — Madrid. — 16 de mayo de 2013.

2801830122. — Alfredo Eloy Ayala Quintana. — X-6688872-N. — Madrid. — 14 de mayo de 2013.

Madrid, a 27 de mayo de 2013.—El jefe provincial de Tráfico, Antonio Carrasco González.

(01/1.546/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.111.50.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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