Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2013

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130531-6

Páginas: 8


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

6
RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se nombran los Tribunales, se distribuyen a los aspirantes en los mismos y se anuncian los lugares y las fechas del comienzo de actuación del procedimiento para la obtención de la habilitación lingüística en idiomas extranjeros, para el desempeño de la docencia bilingüe en centros públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid, convocado por Resolución conjunta de 11 de abril de 2013.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo quinto de la Orden 1672/2009, de 16 de abril, y en la base octava de la Resolución conjunta de 11 de abril de 2013, de las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Becas y Ayudas a la Educación, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la habilitación lingüística en idiomas extranjeros, para el desempeño de la docencia bilingüe en centros públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero

Tribunales para valorar la habilitación lingüística

Nombrar a los Tribunales ante los cuales han de actuar los aspirantes admitidos al procedimiento para la obtención de la habilitación lingüística en lengua inglesa, francesa o alemana, mediante la valoración de la competencia lingüística del candidato, convocado por la citada Resolución conjunta de 11 de abril de 2013 y que figuran en el Anexo I de esta Resolución.

Segundo

Constitución de los Tribunales

Previa convocatoria de los Presidentes, se constituirán los Tribunales con asistencia del Presidente y el Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan y de la mitad, al menos, de sus miembros.

Salvo que concurran circunstancias excepcionales, cuya apreciación corresponderá a la Dirección General de Recursos Humanos, una vez constituidos los órganos de selección, para actuar válidamente se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

La sustitución de los Presidentes de los Tribunales se autorizará por la Dirección General de Recursos Humanos, la de los Vocales, por el Presidente del Tribunal en que hayan de actuar, debiendo recaer sobre los vocales suplentes según el orden en que figuren en el Anexo I.

La Administración podrá incorporar colaboradores a los Tribunales para la realización de las tareas técnicas que se les asignen.

Aquellos miembros de los Tribunales que se hallen incursos en algunas de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberán abstenerse de intervenir, comunicándolo a la Dirección General de Recursos Humanos en el plazo de cinco días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo, y en idéntico plazo, los aspirantes en este procedimiento podrán recusar a dichos miembros cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 29 de la misma Ley.

Con anterioridad a la iniciación del procedimiento a que hace referencia la presente Resolución, la Directora General de Recursos Humanos dictará Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros de los Tribunales que deban sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas citadas en este apartado.

Tercero

Distribución de los aspirantes

Hacer pública la distribución de los aspirantes admitidos en el citado procedimiento, que hayan de realizar la primera y/o segunda fase de la prueba en los Tribunales respectivos según se recoge en el Anexo II de esta Resolución.

Cuarto

Fecha y ubicación de los Tribunales

4.1. Candidatos que deban efectuar la fase 1.

Ejercicios de lengua inglesa: La realización de los ejercicios correspondientes a la fase 1 de la prueba de lengua inglesa tendrá lugar el día 8 de junio de 2013, a las nueve horas.

Se celebrarán en los siguientes lugares:

— Tribunales 1, 2, 3 y 4: IES “San Juan Bautista”, sito en la calle de San Nemesio, sin número, de Madrid.

— Tribunales 5 y 6: IES “Ramiro de Maeztu”, sito en calle Serrano, número 127, de Madrid.

— Tribunales 7 y 8: IES “Avenida de los Toreros”, sito en la avenida de los Toreros, número 57, de Madrid.

— Tribunales 9 y 10: IES “San Isidro”, sito en la calle de Toledo, número 39, de Madrid.

— Tribunales 11 y 12: IES “Fortuny”, sito en la calle Fortuny, número 24, de Madrid.

— Tribunales 13, 14 y 15: IES “Beatriz Galindo”, sito en la calle Goya, número 10, de Madrid.

— Tribunales 16 y 17: IES “Ramiro de Maeztu”, sito en calle Serrano, número 127, de Madrid.

Ejercicios de lengua francesa: La realización de los ejercicios correspondientes a la fase 1 de la prueba de lengua francesa tendrá lugar el día 8 de junio de 2013, a las nueve horas.

— Se celebrarán en el IES “Beatriz Galindo”, sito en la calle Goya, número 10, de Madrid.

Ejercicios de lengua alemana: La realización de los ejercicios correspondientes a la fase 1 de la prueba de lengua alemana, tendrá lugar el día 8 de junio de 2013, a las nueve horas.

— Se celebrarán en el IES “Cardenal Cisneros”, sito en la calle de los Reyes, número 4, de Madrid.

Quinto

Desarrollo

5.1. Citación.—En primer lugar, se citarán de forma colectiva a todos aquellos aspirantes que tengan que realizar la fase 1 de la prueba, según lo establecido en el apartado cuarto de la Orden 1672/2009, de 16 de abril, en la redacción dada por la Orden 180/2012, de 12 de enero.

Los aspirantes convocados a esta fase, cuyos ejercicios se realizarán en sesión única, deberán presentarse ante el Tribunal en la hora y fecha fijada en los llamamientos, siendo excluidos del proceso quienes no comparezcan.

5.2. Listas de candidatos, “aptos” en la fase 1.—Cada Tribunal hará pública, en la misma sede donde se ha celebrado esta fase 1, la lista de los candidatos que hayan resultado calificados de “aptos” y que podrán acceder, por tanto, a la segunda fase de la prueba.

5.3. Convocatoria para la realización de la fase 2.—Cada Tribunal convocará a los aspirantes para la realización de la segunda fase de la prueba, en la que se valorará la expresión oral de los mismos. Se citarán, tanto a aquellos participantes que hayan obtenido la calificación de “aptos” en la primera fase como a aquellos otros que estén dispensados de la realización de la misma.

En todo caso, los aspirantes serán convocados para sus actuaciones ante los Tribunales en un único llamamiento; es decir, los aspirantes convocados para cada día deberán estar presentes a la hora fijada por el Tribunal como hora de inicio de las actuaciones, siendo excluidos del procedimiento quienes no comparezcan.

Una vez comenzadas las actuaciones ante el Tribunal, no será obligatoria la publicación de los sucesivos llamamientos de los aspirantes en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Los Tribunales publicarán estos anuncios, al menos, con cuarenta y ocho horas de antelación, en los mismos locales en donde se estén celebrando las pruebas o por otro medio que indique el propio Tribunal.

5.4. Orden de actuación de los aspirantes.—El orden de actuación se iniciará por los aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra que resulte del sorteo realizado por la Dirección General de Función Pública para la determinación del orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

5.5. Identificación ante los Tribunales.—Los Tribunales podrán requerir a los aspirantes que acrediten su identidad en cualquier momento del desarrollo de las pruebas. Los Tribunales tendrán la facultad de poder excluir del procedimiento a aquellos aspirantes que lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios. Los aspirantes así excluidos quedarán, a todos los efectos, en la situación de “no aptos”.

De igual manera, si los Tribunales tuvieren conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberán proponer su exclusión al órgano convocante correspondiente, comunicándole las inexactitudes o falsedades en que hubiera incurrido el aspirante en la solicitud de admisión al proceso selectivo, a los efectos procedentes. En este caso, hasta tanto no se emita la Resolución correspondiente, el aspirante podrá seguir participando condicionalmente en el procedimiento.

Sexto

Listado provisional de aptos

Finalizado el desarrollo de las pruebas, los Tribunales expondrán en el tablón de anuncios de las sedes la relación de los candidatos que hayan superado el procedimiento, por orden alfabético.

Contra esta relación los interesados podrán presentar alegaciones en la misma sede del Tribunal, en el plazo de dos días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su exposición. Las alegaciones deberán ir dirigidas al Presidente del Tribunal.

Examinadas las alegaciones, los Tribunales elevarán a la Directora General de Recursos Humanos o al Director General de Becas y Ayudas a la Educación, respectivamente, las relaciones de los candidatos que hayan superado el procedimiento, ordenadas por orden alfabético.

Séptimo

Listado definitivo de aptos

Mediante Resolución de la Directora General de Recursos Humanos y del Director General de Becas y Ayudas a la Educación, conjuntamente, procederán a la aprobación de las listas definitivas de los candidatos que hayan superado el procedimiento, entendiéndose desestimadas las alegaciones no recogidas en las mismas. Estas listas se publicarán en los tablones de anuncios de las Direcciones de Área Territorial, en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de esta Consejería (Gran Vía, número 20, y calle Santa Hortensia, número 30), y con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos, en el portal www.madrid.org, donde permanecerán expuestas durante el período que marca la normativa reglamentaria para poder interponer recurso.

De conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer recurso de alzada contra las citadas Resoluciones en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación ante la Viceconsejera de Organización Educativa, en el caso de los profesores de centros públicos, y ante la Viceconsejera de Educación, Juventud y Deporte, para los profesores de centros privados y concertados.

Octavo

Indemnizaciones por razón del servicio

Quedan autorizados los desplazamientos de los miembros de los Tribunales que necesiten desplazarse de su residencia oficial para el ejercicio de tal función, teniendo derecho a percibir las indemnizaciones que correspondan, de acuerdo con lo que dispone el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. A los efectos previstos en el artículo 10 del citado Real Decreto, estos Tribunales deberán considerarse incluidos en el grupo segundo de los mencionados en su Anexo I.

Asimismo, a efectos de asistencias, los miembros de los Tribunales, percibirán las cuantías correspondientes a la categoría primera, que se determinan en el Anexo IV del citado Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

Noveno

La presente Resolución podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejera de Organización Educativa de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 27 de mayo de 2013.—La Directora General de Recursos Humanos, María Teresa Martínez de Marigorta y Tejera.





ANEXO II

DISTRIBUCIÓN POR TRIBUNALES DE LOS CANDIDATOS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS EJERCICIOS CORRESPONDIENTES A LAS FASES PRIMERA Y SEGUNDA DE LA PRUEBA

Lengua inglesa

Tribunal 1:

— Primera candidata convocada: Yago Lisbona, Isabel.

Tribunal 2:

— Primera candidata convocada: Aparicio González, Yolanda.

Tribunal 3:

— Primera candidata convocada: Blasco Macías, Esther.

Tribunal 4:

— Primera candidata convocada: Celorrio San Miguel, Ana María.

Tribunal 5:

— Primer candidato convocado: Díaz Dafauce, Jon.

Tribunal 6:

— Primer candidato convocado: Fernández Puentes, Francisco Javier.

Tribunal 7:

— Primera candidata convocada: García Martínez, Natalia.

Tribunal 8:

— Primera candidata convocada: González González, Rebeca.

Tribunal 9:

— Primera candidata convocada: Huedo Cuesta, Gloria María.

Tribunal 10:

— Primera candidata convocada: López Cruz, Laura.

Tribunal 11:

— Primera candidata convocada: Martín Rodríguez, Paula.

Tribunal 12:

— Primera candidata convocada: Molina Santana, Sonia.

Tribunal 13:

— Primer candidato convocado: Ordóñez Dios, Alfonso Francisco.

Tribunal 14:

— Primer candidato convocado: Pérez Rojas, Rafael.

Tribunal 15:

— Primera candidata convocada: Ríos Cortés, Rosa.

Tribunal 16:

— Primer candidato convocado: Ruiz Parra, Francisco.

Tribunal 17:

— Primer candidato convocado: Soblechero González, Jorge.

Lengua francesa

Todos los candidatos: Tribunal único.

— Primera candidata convocada: Zorita López, Margarita.

Lengua alemana

Todos los candidatos: Tribunal único.

— Primer candidato convocado: Albaladejo Vivero, Manuel.

(03/17.551/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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