Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2013

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130531-63

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Notificación procedimiento sancionador

Notificación propuesta de resolución de 15 de mayo de 2012. Expediente 12-PS-026. Don Fryderyk Galazyn. Calle Los Brezos, número 30, 28978 Cubas de la Sabra.

Por medio de la presente, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le notifico el decreto de la Alcaldía con número 1973/2011, de 14 de diciembre, cuyo tenor literal le transcribo:

«Daniel Fernández Vecino, técnico de Administración General del Ayuntamiento de Griñón e instructor del expediente sancionador de referencia, haciendo uso de las facultades que me confiere el decreto de Alcaldía 339/2012, de 1 de marzo, por el que se inicia el procedimiento sancionador por infracción a la ordenanza municipal de protección del medio ambiente urbano.

Consideraciones

Primera.—Resultando que por parte de los agentes de la Policía Local, con número profesional 28066A06 y 28066A03, se ha formulado denuncia el día 29 de enero de 2012, a las diecinueve y quince horas, contra don Fryderyk Galazyn, con NIF AK-5467936, por “arrojar desperdicios (colillas, cáscaras de frutos secos, envoltorios de plásticos, botella de vidrio y salivazos)”.

Segunda.—Considerando lo dispuesto en el artículo 64, apartado 5, de la ordenanza municipal de protección del medio ambiente urbano, la infracción supuestamente cometida está calificada como leve, siendo su instrucción de competencia municipal, pudiendo ser sancionada con imposición de multa de 60 a 750 euros.

Tercera.—En base a lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se procedió a dar trámite de audiencia al interesado, dándole derecho a la presentación de alegaciones por período de quince días, habiendo hecho uso del citado en los siguientes términos:

No es cierto de lo que se le acusa y además está mal escrito el nombre y el apellido.

Cuarta.—Paso a dar respuesta a las alegaciones presentadas:

El acta de denuncia emitida por la Policia Local no dejar lugar a dudas en cuanto a la responsabilidad del denunciado en los hechos ocurridos. Las alegaciones deben ser de tal naturaleza que por sí mismas evidencien el error en la denuncia cursada. Y en cuanto al error en la transcripción del nombre del presunto responsable hay que decir que el error no ha supuesto una pérdida del derecho a la defensa con el que cuenta el señor Galazyn, ya que el mismo ha conocido los hechos de los que se le acusan.

Quinta.—Que se han observado todas las prescripciones legales en la tramitación del presente expediente.

En su virtud, vengo a elevar, para su más alta consideración, la siguiente propuesta de resolución:

Primero.—Visto todo lo anterior, hago propuesta de no admitir las alegaciones presentadas e imponer sanción a don Fryderyk Galazyn, con una multa de 60 euros, por la comisión de una infracción leve a la ordenanza municipal de protección del medio ambiente urbano.

Segundo.—Advertir al infractor de que, en caso de no cumplir con lo resuelto, se considerará delito de desobediencia, tipificado en el artículo 556 del Código Penal.

Tercero.—Indicar al interesado que contra el acto resolutorio y a tenor de lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por lo que, a tenor de los artículos 46 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, previa comunicación al órgano que dicte el acto, en el plazo de dos meses, ante dicha jurisdicción.

Cuarto.—Notificar la propuesta de resolución a los interesados, concediéndoles un plazo de quince días para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que consideren pertinentes.

Quinto.—Elevar la propuesta de resolución, una vez que se han recibido las alegaciones a la misma y ha transcurrido el plazo señalado, al órgano competente para resolver, junto con todos los documentos, alegaciones e informaciones que obren en el mismo».

Lo que se le notifica a los efectos del artículo 12.2 del decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora de la Comunidad de Madrid, para que en el plazo de quince días formule las alegaciones y presente los documentos e informaciones que consideren pertinentes. Asimismo, se les pone de manifiesto el expediente para que, en dicho plazo, efectúen las alegaciones y presenten los documentos e informaciones que tengan por conveniente.

En Griñón, a 18 de abril de 2013.—La secretaria del procedimiento, María Carmen Martínez Jiménez.

(02/2.955/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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