Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
08-05-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130508-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 3

EDICTO

99
Procedimiento ordinario 784 de 2008

En el presente procedimiento ordinario número 784 de 2008, seguido a instancias de don Roberto de la Hoz Segura y doña María del Pilar Iglesias Berrocal, frente a don Alain Eleodoro Rodríguez Recalte, doña Angelina Aguilera Rojas, doña Nélida Elizabeth Galeano Vera y don José Eduardo Sedoski, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo literal son como sigue:

Sentencia número 48 de 2010

En Colmenar Viejo, a 24 de marzo de 2010.—Vistos por mí, doña Alicia Barba de la Torre, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Colmenar Viejo, los presentes autos de juicio número 784 de 2008, seguidos ante este Juzgado a instancias de la procuradora doña María del Mar Pinto Ruiz, en nombre y representación de don Roberto de la Hoz Segura y doña María del Pilar Iglesias Berrocal, contra don José Eduardo Sedoski, doña Angelina Aguilera Rojas, doña Nélida Elizabeth Galeano Vera y don Alain Eleodoro Rodríguez Recalte, en rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña María del Mar Pinto Ruiz, en nombre y representación de don Roberto de la Hoz Segura y doña María del Pilar Iglesias Berrocal, debo condenar y condeno a don José Eduardo Sedoski, doña Angelina Aguilera Rojas, doña Nélida Elizabeth Galeano Vera y don Alain Eleodoro Rodríguez Recalte a abonar solidariamente a los actores la suma de 40.000 euros; así como el interés legal del dinero más el 50 por 100, desde la fecha de interposición de la demanda y los intereses procesales a partir de la fecha de la presente sentencia, y sin hacer expresa imposición de costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con indicación de que contra la misma y de acuerdo con lo previsto en el artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación del mismo.

Se expide el presente para su publicación en ese BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a fin de que sirva de notificación en forma a los codemandados, don Alain Eleodoro Rodríguez Recalte y doña Nélida Elizabeth Galeano Vera, en paradero desconocido.

En Colmenar Viejo, a 15 de abril de 2013.—El secretario (firmado).

(02/2.984/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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