Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
18-04-2013

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130418-99

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Novena

EDICTO

99
Recurso 763 de 2011

Doña Carmen Valbuena Hernández, secretaria de la Sección Novena de lo Civil de la Audiencia Provincial de Madrid.

Certifico: Que en el rollo de Sala número 763 de 2011, dimanante de los autos de que se hará mérito, se ha dictado por la Sección Novena de lo Civil de esta Audiencia Provincial sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva, dice así:

Audiencia Provincial de Madrid, Sección Novena. Sentencia número 67 de 2013, recurso de apelación número 763 de 2011, ilustrísimos señores magistrados: don José Luis Durán Berrocal, don Juan Luis Gordillo Álvarez-Valdés y don José María Pereda Laredo.—En Madrid, a 15 de febrero de 2013.

Vistos en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid los autos de juicio ordinario número 544 de 2008, procedentes del Juzgado de primera instancia número 4 de Madrid, a los que ha correspondido el rollo de apelación número 763 de 2011, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelante, “Lico Leasing EFC, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña María José Bueno Ramírez; de otra, como demandados y hoy apelados, don Carlos Muñoz González y doña María Rosario Rodríguez García, representados por el procurador don Norberto Carlos Jerez Fernández; y, de otra, como demandados y hoy apelados, don Fernando García Iglesias, don Patxi Xavier Ugarteburu Zumárraga, don Cristóbal Salvador Molina Furio, don Antonio Castillero Delgado, don César Santiago Díaz Jiménez, don Eduardo Ciudad Real Cuéllar y doña María del Carmen Arambarri Oñederra, en situación procesal de rebeldía; sobre acción de nulidad y reclamación de cantidad. Siendo magistrado-ponente don Juan Luis Gordillo Álvarez-Valdés.

Fallamos

Estimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de “Lico Leasing, Sociedad Anónima”, contra la sentencia dictada por el ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de Móstoles, con fecha 3 de junio de 2011, en autos de juicio ordinario número 763 de 2011, debemos revocar parcialmente la indicada resolución en el sentido de estimar la acción de nulidad por simulación ejercitada contra don Carlos Muñoz González y doña María Rosario Rodríguez García, declarando la nulidad por simulación de la escritura de extinción del proindiviso otorgada el 27 de septiembre de 2007 ante el notario don Vicente Madero Jarabo (número de protocolo 3413), debiéndose restituir a don Carlos el 50 por 100 de las fincas números 63.850, 63.743 y 63.799 al Registro de la Propiedad número 3 de Marbella, como de las fincas números 23.868, 23.662 y 23.663 del Registro de la Propiedad número 2 de Pozuelo de Alarcón, como a doña María del Rosario el 50 por 100 de las fincas números 38.600 del Registro de la Propiedad de Aranjuez, 50.192 y 49.914/S1P1.54. Primera inscripción del Registro de la Propiedad número 13 de Madrid, ordenando la cancelación de las inscripciones registrales que se opongan a dicho pronunciamiento, con libramiento de los mandamientos oportunos a los registradores de la Propiedad de los Registros indicados. Con imposición a los citados demandados de las costas ocasionadas en la instancia. Confirmando los restantes pronunciamientos de la sentencia apelada. Todo ello sin hacer imposición de las costas de esta alzada, con devolución al recurrente del depósito constituido, de conformidad con el punto octavo de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Haciéndose saber que contra la misma cabe recurso de casación, de acreditarse el interés casacional, que deberá interponerse ante este Tribunal en el término de veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución.—Los magistrados, don José Luis Durán Berrocal, don Juan Luis Gordillo Álvarez Valdés y don José María Pereda Laredo (firmado y rubricado).

Y para que conste y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que sirva de notificación de la sentencia transcrita a don Fernando García Iglesias y a don Cristóbal Salvador Molina Furio, expido y firmo la presente en Madrid, a 13 de marzo de 2013.—Firmado.

(03/9.588/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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