Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2013

Sección 1.3.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130404-9

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES

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ORDEN 219/2013, de 13 de marzo, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa, durante el año 2013, de las ayudas individuales para favorecer la autonomía de mujeres víctimas de violencia de género.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid establece en el artículo 4.5.c), que podrán concederse de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda.

Aprobadas las normas reguladoras y el desarrollo del procedimiento de concesión directa de las ayudas individuales para favorecer la autonomía de mujeres víctimas de violencia de género, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de diciembre de 2012, dado que concurren en ellas las razones para su concesión directa, y a fin de dar cumplimiento a la Ley de Presupuestos en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para tal finalidad, como órgano concedente de las referidas ayudas de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 2/1995, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2013, de las ayudas individuales para favorecer la autonomía de las mujeres víctimas de violencia de género es de 83.400 euros.

Segundo

Las referidas obligaciones se imputarán a la Partida 48390 del Programa presupuestario 915 del Presupuesto de Gastos de esta Consejería para 2013.

Madrid, a 13 de marzo de 2013.

El Consejero de Asuntos Sociales, JESÚS FERMOSEL DÍAZ

(03/10.246/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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