Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
02-04-2013

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130402-28

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

OTROS ANUNCIOS

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Notificación vehículos traslado

Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual a los titulares de los vehículos relacionados en el listado adjunto, sin que haya sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAPAC), se procede a notificar el extracto del contenido de los expedientes que a continuación se especifican.

El Ayuntamiento de Arroyomolinos ha comenzado la incoación de expedientes sobre traslado de vehículos a un centro autorizado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 86.1.b) de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por lo que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Por ello, se requiere a los interesados para que procedan a la retirada de los vehículos estacionados en el Depósito Municipal, advirtiéndoles de que, de no proceder a ello en el plazo de un mes, se ordenará su traslado a un centro autorizado de tratamiento de vehículos para su posterior destrucción y descontaminación. Asimismo, se les comunica que podrán efectuar las alegaciones que tenga por oportunas en los primeros diez días a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación.

Los expedientes obran en dependencias municipales de la Concejalía de Seguridad Ciudadana, sita en calle Álamo, número 7.



En Arroyomolinos, a 28 de febrero de 2013.—El concejal de Seguridad Ciudadana, Protección Civil y Transportes, José Vallejo Gómez.

(02/1.747/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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