Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
26-03-2013

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130326-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

EDICTO

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

EDICTO

93
Procedimiento ordinario 72 de 2010

Doña Beatriz Crespo Marqués, secretaria judicial de la Sección Segunda de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Doy fe: Que en el procedimiento ordinario número 72 de 2010 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente.

Sentencia número 1.425

Ilustrísimos señores: presidente, don Francisco Gerardo Martínez Tristán; magistrados, don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez, don José Daniel Sanz Heredero, doña Elvira Adoración Rodríguez Martí, don Miguel Ángel García Alonso y don Francisco Bosch Barber. En la Villa de Madrid, a 29 de septiembre de 2011.

Vistos por la Sala, constituida por los señores de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 72 de 2010, interpuesto por doña Eva María Izquierdo Álvarez, representada por la procuradora doña Gloria Rincón Mayoral, contra el acuerdo aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón en fecha 17 de diciembre de 2009, que aprobó definitivamente el presupuesto general y la plantilla para el ejercicio 2010. Ha sido parte demandada el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, estando representado por la procuradora doña Elena-Paula Yustos Capilla.

Fallamos

Que estimando el recurso interpuesto por doña Eva María Izquierdo Álvarez, portavoz del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Alarcón, contra la actuación administrativa descrita en el fundamento de derecho primero de la presente resolución, debemos anularla y la anulamos y sin pronunciamiento alguno respecto de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que se deberá preparar ante esta Sala en el plazo de diez días a partir de su notificación, previa constitución del depósito previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, bajo apercibimiento de no admitir a trámite dicho recurso. Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de esta Sección al número 2612 (“Banesto”), especificando en el campo concepto “Recurso”, “24 Contencioso-Casación” (50 euros). Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse justamente después de especificar los dieciséis dígitos de la cuenta expediente (separado por un espacio). De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, firme que sea la presente resolución, procédase a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el plazo de diez días. En su momento, devuélvase el expediente adminsitrativo al departamento de su procedencia, con certificación de esta resolución. Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

En Madrid, a 6 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.588/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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