Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130322-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 49

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

115
Procedimiento 453 de 2011

En el procedimiento ordinario número 453 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 265 de 2012

En Madrid, a 5 de diciembre de 2012.—Vistos por mí, doña Amelia Reillo Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 49 de Madrid, los autos correspondientes al juicio ordinario que fueron registrados bajo el número 453 de 2011, instados por “Banco Santander, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Juan Luis Cárdenas Porras y asistida por el letrado don Ángel A. Camuñas Verastegui, contra don Hernán Salamanca Calderón, y atendiendo al siguiente

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por don Juan Luis Cárdenas Porras, en nombre y representación de “Banco Santander, Sociedad Anónima”, contra don Hernán Salamanca Calderón, y en su virtud, debo condenar y condeno al demandado don Hernán Salamanca Calderón a que abone a la parte actora la cantidad de 12.663,42 euros, más intereses legales y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, se interpondrá ante este tribunal en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente al de su notificación a las partes y que se sustanciará ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Conforme a lo establecido en la instrucción número 8/9, dictada al amparo de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se advierte a las partes la necesidad de constituir depósito conforme al punto 3 de la citada Ley Orgánica y con la advertencia del punto 7 de la misma.

Llévese el original de la presente resolución al libro de sentencias y autos definitivos de este Juzgado, dejando testimonio literal del mismo en las actuaciones.

Una vez que sea firme esta resolución y se haya ejecutado lo en ella acordado, procédase al archivo de las presentes actuaciones, previas las anotaciones correspondientes en los libros de este Juzgado.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Hernán Salamanca Calderón se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 20 de febrero de 2013.—El secretario (firmado).

(02/1.539/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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