Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68

Fecha del Boletín 
21-03-2013

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130321-13

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2013, del Director General de Industria, Energía y Minas, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de la Orden y el escrito de información de pago del procedimiento sancionador número INIF 289/12.

Resultando infructuosos los intentos de notificación de los actos administrativos emanados del procedimiento sancionador citado en el encabezamiento y que figura en el Anexo, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede por la presente a su publicación como Anexo, con el contenido expresado en el artículo 61 del mismo texto legal, por entender que la publicación íntegra de los escritos lesionaría los derechos o intereses legítimos de los interesados.

ANEXO

ORDEN DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Y ESCRITO DE INFORMACIÓN DE PAGO VOLUNTARIO

Requerido y último domicilio conocido. — Expediente. — Objeto del requerimiento

DS4 Home and Fashion, Sociedad Limitada, con domicilio en la calle Londres, número 38, oficina SS-6, polígono “Európolis”, 28232 Las Rozas de Madrid (Madrid). — INIF 289/12. — Orden sancionadora del Consejero de Economía y Hacienda de 4 de febrero de 2013 y escrito de información de pago voluntario de 5 de febrero de 2013.

El importe de la sanción deberá hacerse efectivo por ingreso directo, bien en metálico o bien en talón conformado a nombre de la Comunidad de Madrid en la Caja General de Depósitos de la Tesorería General de la Comunidad de Madrid, sita en la plaza de Chamberí, número 8, primera planta, en los plazos establecidos en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Contra la Orden cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda en el plazo de un mes, que podrá presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses.

Frente a la información de pago voluntario de la sanción, y a partir del inicio del período voluntario para el pago, podrá interponerse conforme se dispone en los artículos 222 y 227 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, recurso potestativo de reposición ante el Director General de Industria, Energía y Minas, o directamente reclamación económico-administrativa ante la Junta Superior de Hacienda de la Comunidad de Madrid.

Los plazos indicados se contarán a partir del día siguiente al de la última de las publicaciones efectuadas, informando a los interesados que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, Servicio de Apoyo Jurídico, calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, sexta planta, 28016 Madrid.

Lo que se hace público, a la vez que se informa a los interesados de que también se ha ordenado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Dada en Madrid, a 21 de febrero de 2013.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(01/762/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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