Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
16-03-2013

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130316-136

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

136
Ejecución 379 de 2012

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 379 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Milagros Fernández Pascual, doña Estrella Fernández Muñoz y doña María del Carmen Jara Monterde, contra la empresa “Creaciones Payro, Sociedad Limitada”, sobre despido y cantidad, se han dictado las resoluciones de fechas 10 de octubre de 2012, 16 de octubre de 2012 y 11 de enero de 2013, respectivamente:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante doña Milagros Fernández Pascual, doña Estrella Fernández Muñoz y doña María del Carmen Jara Monterde, frente a “Creaciones Payro, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 39.632,13 euros de principal, que corresponde:

A doña Milagros Fernández Pascual: 29.829,34 euros.

A doña Estrella Fernández Muñoz: 7.930,10 euros.

A doña María del Carmen Jara Monterde: 10.872,69 euros.

Más la cantidad de 6.000 euros que se calcula provisionalmente para intereses y costas.

Contra este auto cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación, sin perjuicio de su ejecutividad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre.

De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2850, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado-juez de lo social número 1 de Móstoles.

Procede aclarar el auto dictado en fecha 28 de septiembre de 2012 en el sentido que en la parte dispositiva donde pone: “…corresponde a doña Milagros Fernández Pascual 29.829,34 euros…”; debe decir: “…corresponde a doña Milagros Fernández Pascual 20.829,34 euros” quedando subsistente el resto del mismo.

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Creaciones Payro, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 39.621,58 euros (desglosado según consta en auto despachando ejecución). Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Creaciones Payro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID .

En Móstoles, a 11 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.780/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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