Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
14-03-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130314-303

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PAMPLONA NÚMERO 2

EDICTO

303
Procedimiento 116 de 2012

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento número 116 de 2012 de este Juzgado de lo social se ha dictado resolución en el día de la fecha, cuya copia se encuentra a disposición de los interesados en esta oficina judicial, donde podrá tener acceso a la misma, y cuya parte dispositiva dice:

Se tiene por desistidos a don Antonio Miranda Gómez y don Arturo Alonso Alonso de su demanda, procediendo al cierre y archivo de las presentes actuaciones, previa notificación de la presente resolución a las partes y una vez firme esta.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de revisión a presentar en este órgano judicial dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando una copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las resoluciones que revistan forma de auto o sentencia se trate de emplazamiento o pongan fin al procedimiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Pamplona, a 8 de febrero de 2013.—La secretaria judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

(03/5.369/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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