Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130305-137

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

137
Despidos/ceses en general 856 de 2012

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 856 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sara Pacheco Caballero, frente a “Multiservicios Telemáticos, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia de fecha 18 de enero de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 6 de 2013

En Madrid, a 18 de enero de 2013.—Doña María Henar Merino Senovilla, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos con el número 856 de 2012, sobre despido, entre las siguientes partes: de una, y como demandante, doña Sara Pacheco Caballero, representada y asistida por letrado, y de otra, como demandada, la empresa “Multiservicios Telemáticos, Sociedad Limitada”, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente y general aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Sara Pacheco Caballero, frente a la demandada, la empresa “Multiservicios Telemáticos, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la demandante y condeno a la demandada a estar y pasar por tal declaración y a que en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente sentencia opte entre la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones anteriores al despido o el abono de la indemnización legal establecida para el despido improcedente y que asciende a la cantidad de 2.056,21 euros.

Y, asimismo, se condena a la demandada a que en el caso de que optase por la readmisión debe abonar a la demandante los salarios dejados de percibir por esta desde la fecha del despido (31 de mayo de 2012) y hasta la fecha de la readmisión.

Notifíquese la presente resolución a las partes, contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Hágase saber a las partes que en el supuesto de que se formalice recurso de suplicación contra la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el cálculo de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, la recurrente deberá acompañar, junto con el escrito de formalización, justificante de la autoliquidación del pago de la correspondiente tasa, siendo la cuantía de la misma la que resulte de aplicar el artículo 7 de la mencionada Ley, con las exenciones que en el mismo texto legal se recogen en su artículo 4, con el apercibimiento, en caso de no acompañarse, de aplicar el plazo establecido en la legislación procesal, es decir, precluido el acto de formalización del recurso de suplicación, la continuación o finalización del procedimiento, según proceda.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Henar Merino Senovilla.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Multiservicios Telemáticos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de enero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/4.011/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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