Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
02-03-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130302-157

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

157
Procedimiento ordinario 323 de 2012-E

Doña María del Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 323 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Miguel Blas Ranz, contra la empresa “Magerit Facility Services, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimo la demanda en reclamación de cantidad interpuesta por don Luis Miguel Blas Ranz, contra “Magerit Facility Services, Sociedad Limitada”, y condeno a la citada empresa a que abone al actor la cantidad bruta de 2.635,12 euros de principal y 263,51 euros como interés de demora.

La presente sentencia es firme y contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor don José Rafael García de la Calle, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma al representante legal de “Magerit Facility Services, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el “Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 31 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.897/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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