Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
02-03-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130302-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

67
Procedimiento ordinario 875 de 2012

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 875 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Milagros Moreno Castillo, frente a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimando la demanda formulada por doña Milagros Moreno Castillo, contra “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora 2.539 euros, más el 10 por 100 de la mencionada cantidad en concepto de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe formular recurso.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.838/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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