Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
22-02-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130222-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

119
Ejecución 220 de 2012

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 220 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Mar Ruano Ordóñez, frente a “Europrevención Integral en Construcción, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:

Decreto

En Madrid, a 18 de enero de 2013.

Así resulta de lo dispuesto en el artículo 276 (números 2 y 3) de la Ley de la Jurisdicción Social, concurriendo en el presente caso los requisitos que autorizan a un pronunciamiento de esa naturaleza.

Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 2.810,23 euros de principal, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Europrevención Integral en Construcción, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2515-0000-64-0220-12.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial, Paloma Muñiz Carrión.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o derechos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Europrevención Integral en Construcción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 18 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.811/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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