Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130221-201

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

201
Procedimiento ordinario 237 de 2012

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 237 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Celia Escalera López de Saa, frente a “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que debo estimar íntegramente la demanda interpuesta por don Juan José Márquez Martín y doña Celia Escalera López de Saa, contra “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, y, en su virtud, condenar a la mercantil demandada a que abone a aquellos los siguientes importes: a doña Celia Escalera López de Saa 8.268,42 euros y a don Juan José Márquez Martín 7.936,54 euros por los conceptos de las demandas, más los intereses moratorios del artículo 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (10 por 100 anual).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de enero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/2.686/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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