Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130219-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

93
Juicio verbal 554 de 2010

Doña Ana Isabel de la Cruz Albadalejo, secretaria judicial sustituta del Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid.

Hago saber: que en dicho Juzgado, y con el número 554 de 2010, se tramita procedimiento de juicio verbal a instancias de “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, contra “Bar Padilla, Sociedad Limitada”, en el que se ha dictado sentencia, cuyo fallo se transcribe a continuación, encontrándose el texto completo de la expresada resolución en la Secretaría de este Juzgado a disposición de la demandada.

Sentencia número 159 de 2010

En Madrid, a 18 de junio de 2010.

Fallo

1. Con estimación de la demanda interpuesta por “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña África Martín Rico, contra “Bar Padilla, Sociedad Limitada”, en rebeldía.

2. Declaro resuelto el contrato de suministro de gas entre demandante y demandada en el inmueble en Madrid, calle Lagasca, número 8.

3. Condeno a la demandada a estar y pasar por dicha declaración, con la obligación de la demandada de facilitar la entrada en el inmueble ya expresado, donde se presta el suministro de gas y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora, operación mecánica necesaria para resolver efectivamente el contrato; y, en su defecto, si la demandada continuará oponiéndose, se libraría, ya en ejecución de sentencia, a instancias de la demandante mandamiento de entrada a fin de que el personal técnico de la demandante proceda, en presencia de la comisión judicial, a la privación de suministro de gas desmontando el contador.

4. Asimismo, condeno a “Bar Padilla, Sociedad Limitada” al pago de 2.340,38 euros de principal, así como al pago del interés legal sobre dicho principal desde la presentación de la demanda el día 18 de febrero de 2010, y de los intereses de la mora procesal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente resolución.

Y para que conste y sirva de notificación a la demandada, en ignorado paradero, expido el presente para su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de diciembre de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/728/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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