Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130219-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

88
Procedimiento ordinario 1.094 de 2011

En el presente procedimiento ordinario número 1.094 de 2011, seguido a instancias de “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima, EFC”, frente a “Soladel, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 184 de 2012

En Madrid, a 12 de julio de 2012.—Vistos por mí, doña María Jesús del Barco Martínez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de Madrid y su partido, los presentes autos de juicio ordinario seguido ante este Juzgado bajo el número 1.094 de 2011, a instancias de la entidad “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima, EFC”, representada por la procuradora señora Alonso León y defendida por el letrado señor Egea Yetano, contra la entidad “Soladel, Sociedad Limitada”, en rebeldía procesal, en el ejercicio de la acción de resolución contractual y de reclamación de cantidad, y atendiendo al siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la entidad “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima, EFC”, representada por la procuradora señora Alonso León y defendida por el letrado señor Egea Yetano, contra la entidad “Soladel, Sociedad Limitada”, en rebeldía procesal, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento financiero suscrito por las ahora litigantes en fecha 10 de diciembre de 2007, sobre el vehículo marca “Mercedes-Benz”, modelo C 220 CDI, matrícula 2321FYJ, condenando a la demandada a la inmediata entrega de la posesión del objeto del contrato de financiación, el vehículo antes citado; asimismo, debo condenar y condeno a la demandada al pago de las siguientes cantidades: 7.432,44 euros por cuotas de arrendamiento impagadas desde el día 11 de junio de 2010 al día 11 de febrero de 2011; 548,60 euros por intereses de demora devengados al tipo pactado del 22 por 100 desde el día 11 de junio de 2010 al día 11 de febrero de 2011; 270 euros por comisión por reclamación; 1.476,02 euros equivalentes al 10 por 100 de las cuotas pendientes de vencimiento hasta la fecha de resolución (11 de febrero de 2011), en concepto de cláusula penal pactada en la condición general 6.2.b) del contrato, y la cantidad de 702,87 euros por cada mes o fracción de mes que transcurra entre la fecha de resolución y la de la efectiva devolución del bien a la arrendadora financiera, todo ello más los intereses moratorios pactados, y con la expresa condena en costas.

Y encontrándose dicha demandada “Soladel, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Madrid, a 17 de julio de 2012.—El secretario (firmado).

(02/819/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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