Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2013

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130219-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 41

EDICTO

116
Juicio faltas 1.275 de 2011

Don Prudencio Sáez Arecha, secretario del Juzgado de instrucción número 41 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.275 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su parte dispositiva es la siguiente:

Que debo condenar y condeno a don Patricio Fabán Meza Granda, como responsable en concepto de autor de una falta prevista y penada en el artículo 621.3 del Código Penal, a la pena de diez días de multa, señalando como cuota/día la cantidad de 6 euros; si el condenado no satisficiere la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, condenándole, asimismo, al pago de las costas de esta instancia, si las hubiere.

Y deberá indemnizar a doña María Teresa Gilsanz López en la suma de 1.402,90 euros por sus lesiones, en la cantidad de 2.361,30 euros por la secuela fisiológica y en la suma de 1.536,02 euros por el perjuicio estético ocasionado. A estas cantidades procede aplicarles como factor de corrección un 5 por 100.

Se declara la responsabilidad civil directa de la aseguradora “Helvetia”, que deberá satisfacer los intereses que corresponden, conforme a los números 3 y 4 del artículo 20 de la Ley del Contrato.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Patricio Fabián Meza Granda, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 16 de enero de 2013.—El secretario (firmado).

(03/2.993/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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