Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130219-138

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

138
Demanda 1.169 de 2012

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.169 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Catalina Moya López, contra doña Ana Isabel Briz Martín y “Samsa Lena, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo contenido es del tenor siguiente:

Sentencia número 579 de 2012

En Madrid, a 21 de diciembre de 2012.—Don José María Reyero Sahelices, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 9 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, doña Catalina Moya López, que comparece asistida de la letrada doña Manuela García Sánchez, y de otra, como demandados, doña Ana Isabel Briz Martín, que comparece asistida del letrado don Alejandro Herrezuelo Rodríguez, y “Samsa Lena, Sociedad Limitada”, y el ministerio fiscal, que no comparecen, estando citados en legal forma, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Catalina Moya López, frente a la empresa “Samsa Lena, Sociedad Limitada”, y frente a doña Ana Isabel Briz Martín, debo declarar y declaro nulo el despido de la actora efectuado el 15 de septiembre de 2012, condenando de forma solidaria a las codemandadas a la inmediata readmisión de la actora en las mismas circunstancias que regían su relación laboral con anterioridad al despido y al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (15 de septiembre de 2012) hasta que la readmisión tenga lugar a razón de 51,90 euros al día.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2507, clave 65, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número de cuenta 2507, clave 65, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Samsa Lena, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 11 de enero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/2.206/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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