Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
29-01-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130129-36

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

36
Procedimiento ordinario 721 de 2005

En el procedimiento ordinario número 721 de 2005, sobre otras materias, a instancias de doña Encarnación Cruz Cárdenas, con procurador don Felipe Ramos Cea, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de presentación.—En Madrid, a 3 de octubre de 2005.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que se ha presentado en el Decanato por el procurador don Felipe Ramos Cea, en nombre y representación de doña Encarnación Cruz Cárdenas, escrito de demanda de juicio ordinario, de lo que paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

Magistrado-juez de primera instancia, don Luis Aurelio González Martín.—En Madrid, a 3 de octubre de 2005.

Dada cuenta;

Antecedentes de hecho:

Primero.—Por el procurador don Felipe Ramos Cea, actuando en nombre y representación de doña Encarnación Cruz Cárdenas, según acredita con el poder que acompaña, se ha presentado demanda de juicio ordinario, señalando como parte demandada a cualquier tercero que pueda tener interés en esta causa.

Segundo.—Expresa la actora que el objeto de la demanda es obtener la demandante la titularidad de la vivienda sita en la calle Clara Campoamor, número 49, segundo C, de Madrid.

Fundamentos de derecho:

Primero.—Examinada la anterior demanda, se estima a la vista de los datos y documentos aportados que la parte demandante reúne los requisitos de capacidad, representación y postulación procesales, necesarios para comparecer en juicio conforme a lo determinado en los artículos 6, 7, 23 y 31 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

Segundo.—Asimismo, vistas las pretensiones formuladas en la demanda, este Juzgado tiene jurisdicción y competencia objetiva para conocer de las mismas según los artículos 37, 38 y 45 de la citada Ley procesal.

Tercero.—Por lo expuesto procede la admisión a trámite de la demanda, y como ordena el artículo 404 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, dar traslado de la misma, con entrega de su copia y de la de los documentos acompañados a la parte demandada, emplazándola, con los apercibimientos y advertencias legales, para que la conteste en el plazo de veinte días hábiles computados desde el siguiente al emplazamiento.

Parte dispositiva:

1. Se admite a trámite la demanda presentada por el procurador don Felipe Ramos Cea, en nombre y representación de doña Encarnación Cruz Cárdenas, frente a cualquier tercero al que pudiera interesar, sustanciándose el proceso por las reglas del juicio ordinario.

2. Emplazando a cualquier tercero al que pueda interesar esta causa como demandado a través de la publicación de edictos que deberán ser publicados en el “Boletín Oficial del Estado”, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en cualquier diario de difusión nacional. Publicándose además el edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado. Concediéndoseles para que contesten un plazo de veinte días hábiles computado desde el siguiente a la publicación de los edictos.

Haciendo entrega al procurador de la actora de los edictos para que cuida de su diligenciado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación.

Así lo manda y firma su señoría, de lo que doy fe.

Se significa que la publicación ha sido interesada por doña Encarnación Cruz Cárdenas, acordándose la publicación a su costa.

En Madrid, a 11 de diciembre de 2012.—El secretario (firmado).

(02/9.948/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130129-36