Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
29-01-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130129-34

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

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Juicio verbal 1.314 de 2011

Doña Socorro Martín Velasco, secretaria del Juzgado de primera instancia número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se ha tramitado juicio verbal número 1.314 de 2011, a instancias de “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), frente a don Carlos Eloy Murillo Jaramillo y don Hugo Javier Reyes Espinoza, en los que se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando íntegramente la demanda formulada por “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), representada por la procuradora de los tribunales doña María del Pilar Martín Chillarón, contra don Hugo Javier Reyes Espinoza y don Carlos Eloy Murillo Jaramillo, en situación de rebeldía procesal, debo:

1. Condenar y condeno solidariamente a don Hugo Javier Reyes Espinoza y don Carlos Eloy Murillo Jaramillo a abonar a “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), la cantidad de 3.369,98 euros, más los intereses equivalentes a 2,5 veces el interés legal del dinero en los términos pactados y los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente sentencia.

2. Condenar y condeno a don Hugo Javier Reyes Espinoza y don Carlos Eloy Murillo Jaramillo a abonar las costas del presente procedimiento.

Contra la presente cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Y para que sirva de notificación al demandado don Carlos Eloy Murillo Jaramillo y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 23 de octubre de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/221/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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