Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130123-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52

EDICTO

63
Juicio verbal 1.678 de 2011

En el presente procedimiento de juicio verbal seguido a instancias de “Gas Natural Servicio Último Recurso SDG, Sociedad Anónima”, frente a doña María del Carmen Chicas Sánchez, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 14 de junio de 2012.—La ilustrísima señora doña María Teresa Santos Gutiérrez, magistrada-juez de primera instancia de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.678 de 2011 a instancias de “Gas Natural Servicio Último Recurso SDG, Sociedad Anónima”, frente a doña María del Carmen Chicas Sánchez, se ha dictado el siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Juan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza, en representación de “Gas Natural Servicio Último Recurso SDG, Sociedad Anónima”, frente a doña María del Carmen Chicas Sánchez, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 1.620,97 euros, más los intereses correspondientes al tipo pactado desde la fecha de presentación de la demanda hasta el total pago de la deuda. Con expresa imposición de las costas originadas por el presente juicio a la demandada.

Auto

Magistrada-juez de primera instancia, doña María Teresa Santos Gutiérrez.—En Madrid, a 21 de septiembre de 2012.

Parte dispositiva:

Se completa la sentencia de 14 de junio de 2012 en los términos siguientes:

Estimar la demanda acordando:

La resolución del contrato de suministro de gas para el domicilio sito en la calle Pericles, número 33, segundo derecha, de Madrid, suscrito entre la compañía actora y doña María del Carmen Chicas Sánchez.

Condenar a permitir la entrada en el domicilio sito en la calle Pericles, número 33, segundo derecha, de Madrid, al agente judicial de servicio, provisto del correspondiente mandamiento, junto con los empleados de la empresa suministradora, con la finalidad de que estos últimos procedan a la toma de la lectura en el contador del consumo realizado hasta ese momento y lleven a cabo la desconexión y retirada de dicho contador, efectuando así la privación del suministro de gas.

Condenar a la demandada a pagar el importe del consumo de gas que resulte de la lectora efectuada en el momento de la desconexión del contador.

Y encontrándose dicha demandada, doña María del Carmen Chicas Sánchez, en paradero desconocido se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

En Madrid, a 19 de noviembre de 2012.—El secretario (firmado).

(02/87/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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