Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
17-01-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130117-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 5

EDICTO

68
Juicio de faltas 348 de 2012

Doña Mercedes Riolobos Izquerdo, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de ­Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 348 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su fallo dice:

Que debo condenar y condeno a don Bogdan Andrei Ababei, don Marius Dragos Andrei Busuioc y a don Dumitru Daniel Ferascu, como autores responsables de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena para cada uno de ellos de un mes de multa, con cuota diaria de 8 euros, con el apercibimiento expreso de que en el caso de impago por cada dos cuotas impagadas deberán cumplir un día de privación de libertad en centro penitenciario, y al pago de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento, si las hubiere. Hágase entrega definitiva a los respectivos establecimientos comerciales de los efectos intervenidos.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación, de acuerdo con el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Durante este período se hallan las actuaciones en Secretaría a disposición de las partes.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Bogdan Andrei Ababei, don Marius Dragos Andrei Busuioc y don Dumitru Daniel Ferascu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 5 de diciembre de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/84/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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