Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2013

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130114-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

42
Presupuesto general 2013

En la Secretaría General de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones el presupuesto general para el ejercicio 2013, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 11 de enero de 2013, por el que se considerará definitivamente aprobado si no se presentan reclamaciones durante el plazo de exposición pública, y que está integrado por:

El presupuesto del Ayuntamiento de Móstoles, con un total en su estado de gastos que asciende a 170.214.409,11 euros y un estado de ingresos que asciende a 170.214.409,11 euros.

El presupuesto del Organismo Autónomo Patronato Municipal de Escuelas Infantiles, con un total en su estado de gastos e ingresos que asciende a 3.992.001,00 euros.

El presupuesto el Organismo Autónomo Gerencia Municipal de Urbanismo, con un total en su estado de gastos e ingresos que asciende a 3.460.915,00 euros.

Los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades anónimas de carácter íntegramente municipal:

— Instituto Municipal del Suelo, Sociedad Anónima, suma 45.320.502,00 euros en su previsión de gastos y 45.021.819,00 euros en el estado de ingresos.

— Empresa Municipal de Promoción Económica, Sociedad Anónima, suma 3.227.131,00 euros en su previsión de gastos e ingresos.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, y por motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con la sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

En Móstoles, a 11 de enero de 2013.—El alcalde-presidente (firmado).

(03/579/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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