Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130114-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 2

EDICTO

139
Procedimiento 726 de 2011

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Almería.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen los autos número 726 de 2011, sobre social ordinario, a instancias de don Bernardino Cano Cano, contra “Almerimar, Sociedad Anónima”, “Beach Hotel Almerimar, Sociedad Limitada”, y “Golf Resort Almerimar, Sociedad Limitada Unipersonal”, en los que con fecha 26 de noviembre de 2012 se ha dictado decreto que sustancialmente dice lo siguiente:

Decreto

Secretaria judicial, doña Luisa Escobar Ramírez.—En Almería, a 26 de noviembre de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Suspender los actos señalados para el día 28 de noviembre de 2012 y convocar a las partes para el día 10 de abril de 2013, a las doce y quince horas, para la celebración del acto de juicio, al que deberán acudir con todos los medios de prueba de los que intenten valerse.

En cuanto a la presencia del secretario judicial a la celebración del juicio oral, estese a lo establecido en el artículo 89.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación en forma a “Beach Hotel Almerimar, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Almería.—El secretario judicial (firmado).

(03/40.655/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130114-139