Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130107-90
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 366 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Alcántara Algovia, frente a don José Gerardo Torres Ochoa, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Diligencia.—En Madrid, a 28 de marzo de 2012.
La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 26 de marzo de 2012 ha tenido entrada en este Juzgado el anterior escrito presentado por don Antonio Alcántara Algovia.—Doy fe.
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Leonor González Mosqueira.—En Madrid, a 28 de marzo de 2012.
Por presentado el anterior escrito y minuta de honorarios, regístrese en el libro de ejecuciones y fórmese pieza separada para tramitar la solicitud de reclamación de honorarios formulada por el letrado don Antonio Alcántara Algovia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil requiérase a don José Gerardo Torres Ochoa para que en el plazo de diez días proceda a abonar la cantidad de 472 euros, mediante ingreso en la cuenta judicial de este Juzgado, abierta en el banco “Banesto”, sucursal sita en calle Princesa, número 3, de Madrid, cuenta corriente 4283/0000/64/036612, o impugne la cuenta, bajo apercibimiento de apremio si no pagare ni formulare impugnación.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá consignar la cantidad de 25 euros en concepto de depósito para recurrir, en la “Cuenta de consignaciones” de este abierta en “Banesto”, cuenta número 4283, debiendo indicar en el campo “Concepto”, “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código “30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Así lo mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo ordenado.—Doy fe.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a don José Gerardo Torres Ochoa, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 5 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/39.930/12)