Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2013

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130102-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

61
Recurso 973 de 2012

Don Félix María Romero Jiménez, secretario de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Hago saber: Que en el recurso de suplicación número 973 de 2012 interpuesto por don Ioan Marcu contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara, siendo recurrido “Mágerit Facility Services, Sociedad Limitada”, Ayuntamiento de Guadalajara, Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Guadalajara y Fondo de Garantía Salarial, se ha dictado por esta Sala en fecha 9 de octubre de 2012 la sentencia número 1.081, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallamos

Que estimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación de don Ioan Marcu contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara de fecha 30 de enero de 2012, en autos número 763 de 2011, sobre despido, siendo recurridos la empresa “Mágerit Facility Services, Sociedad Limitada”, Ayuntamiento de Guadalajara y Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Guadalajara, debemos revocar la indicada resolución, estimando la demanda planteada, declarando despido improcedente el cese del actor acaecido en fecha 31 de julio de 2011, condenando a la empresa “Mágerit Facility Services, Sociedad Limitada”, a que a su elección, que deberá ejercitar en el improrrogable plazo de cinco días, proceda a readmitir al actor en su puesto de trabajo o le indemnice en la suma de 2.437,50 euros, equivalentes a cuarenta y cinco días de salario por año de servicios, con abono en todo caso de los salarios dejados de percibir desde su despido hasta la notificación de esta resolución a razón de 25 euros diarios. Absolviendo al resto de los codemandados.

Notifíquese la presente resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete), haciéndoles saber que contra la misma únicamente cabe recurso de casación para la unificación de doctrina que se preparará por escrito ante esta Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete) dentro de los diez días siguientes a la notificación de la sentencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 219 y 228 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y para que así conste y le sirva de notificación en forma legal a “Mágerit Facility Services, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, expido el presente que firmo y sello en Albacete, a 14 de noviembre de 2012.—El secretario (firmado).

(03/39.502/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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