Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121218-258
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 4
EDICTO
Doña María Yolanda Martín Llorente, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Valladolid.
Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 1.015 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marta Lázaro García, contra la empresa “CGR Instalaciones y Reformas Integrales, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Fallo
Que estimando en parte la demanda interpuesta por doña Marta Lázaro García, frente a “CGR Instalaciones y Reformas Integrales, Sociedad Limitada”, con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto la actora el día 22 de noviembre de 2011, condenando a la empresa demandada a que a su elección, que deberá manifestar en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente sentencia, le readmita en su mismo puesto de trabajo o le indemnice en la suma de 4.323,64 euros, entendiéndose que de no hacerlo en el plazo indicado opta por lo primero, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde el 25 de noviembre de 2011 hasta la fecha de la notificación de la presente resolución o hasta que hubiere encontrado otro empleo, a razón de 88,69 euros diarios, de conformidad con lo establecido el artículo 56.1.b) del Estatuto de los Trabajadores [en el caso de la readmisión la trabajadora habrá de reintegrar, en su caso, la indemnización señalada en la carta si le hubiere sido entregada, la cual habría de ser deducida de la indemnización aquí establecida si se optare por esta última, de conformidad con lo establecido en el artículo 53.5.b) del Estatuto de los Trabajadores], condenando asimismo a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 4.262,62 euros brutos, correspondientes a los conceptos de naturaleza laboral que se la adeudaban a la fecha del despido, excluida la prestación de incapacidad temporal (sin perjuicio de la posibilidad de la actora de su reclamación, en su caso, por la vía oportuna), todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, pueda corresponder al Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo la indicación de que contra la misma cabe interponer, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), recurso de suplicación, que se podrá anunciar en este Juzgado, por comparecencia o mediante escrito, en un plazo de cinco días a partir de la notificación, o por mera manifestación al realizarse esta, previa consignación de la cantidad objeto de la condena en la cuenta número 3935/0000/65/1015/11 de “Banesto”, oficina de la plaza de San Miguel, de Valladolid, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en que conste la responsabilidad solidaria del avalista, y debiendo efectuar, además, el ingreso de 300 euros como depósito especial para interponer dicho recurso, todo ello en el caso de que el recurrente no fuera trabajador, su causahabiente o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o no gozara del beneficio de justicia gratuita o no se hallare incluido en el artículo 229.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá certificación para unir a los autos de que dimana, y a la que se le dará la publicidad prevenida por la normativa en vigor, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazmaiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “CGR Instalaciones y Reformas Integrales, Sociedad Limitada”, (administrador don Nelson Antonio García Velasco), en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Valladolid, a 8 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/37.869/12)