Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
18-12-2012

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121218-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

89
Juicio de faltas 1.140 de 2011

Doña María José Sanz Escorihuela, secretaria del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.140 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 8 de 2012

En Madrid, a 13 de enero de 2012.—El ilustrísimo señor don Pedro Antonio Domínguez Morales, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 1.140 de 2011, en los que han sido partes: como denunciante, don Kremen Assenov Iliev, y como denunciada, doña María Ángela Ortega Rojo, constando en los autos el resto de los datos hasta aquí mencionados, recayendo la presente resolución con base en el siguiente

Fallo

Debo absolver y absuelvo libremente y con todos los pronunciamientos favorables a doña María Ángeles Ortega Rojo de los hechos enjuiciados en el procedimiento, declarando de oficio las costas procesales, si las hubiere.

Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y demás partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial en el término de cinco días siguientes al de su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Kremen Assenov Iliev, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 14 de noviembre de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/38.660/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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