Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
12-12-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121212-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

80
Divorcio contencioso 968 de 2011-PA

El Juzgado de primera instancia número 25 de Madrid, en autos número 968 de 2011, sobre divorcio contencioso, instados por doña María del Camino Pérez Pérez, representada por la procuradora doña Celia López Ariza, contra don Francisco Javier García Domínguez, que se halla con domicilio desconocido, ha acordado por medio de la presente notificar al mencionado demandado que en el referido procedimiento ha recaído sentencia de fecha 12 de noviembre de 2012, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:

Que estimando la demanda promovida por la procuradora de los tribunales doña Celia López Ariza, en nombre y representación de doña María del Camino Pérez Pérez, contra don Francisco Javier García Domínguez, declarado en rebeldía, declaro la disolución del matrimonio, por divorcio, de ambos cónyuges, con los efectos inherentes a dicha declaración, sin hacer especial condena en costas.

En ejecución de sentencia podrán las partes practicar la liquidación de la sociedad conyugal, de no haberlo efectuado aún.

Una vez firme esta resolución, anótese al margen de la inscripción de matrimonio.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncia, manda y firma don Francisco Ruiz-Jarabo Pelayo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 25 de Madrid.—Firmado y rubricado en su original.

Consta su publicación.

Y para que sirva de notificación en forma a don Francisco Javier García Domínguez, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto.

Dado en Madrid, a 12 de noviembre de 2012.—El secretario (firmado).—El magistrado-juez de primera instancia (firmado).

(02/9.272/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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