Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121211-124
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 238 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Vanesa Molinero Gómez, contra “José Antonio García, Sociedad de Agencia de Seguros Generales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:
Auto
Magistrada-juez de lo social, doña Ana Victoria Jiménez Jiménez.—En Madrid, a 30 de octubre de 2012.
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de la ejecución a favor de la parte ejecutante doña Vanesa Molinero Gómez, frente a “José Antonio García, Sociedad de Agencia de Seguros Generales, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 2.917,29 euros en concepto de principal, más 292 euros en concepto de costas e intereses provisionales.
Contra este auto cabe recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el citado plazo de tres días hábiles, de conformidad con lo previsto en el artículo 239.4 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.
Decreto
Secretaria judicial, doña Encarnación Gutiérrez Guío.—En Madrid, a 30 de octubre de 2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
Parte dispositiva:
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.
Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con el número 2509/0000/00/0846/11, sito en la calle Princesa, número 3.
Notifíquese la presente resolución.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “José Antonio García, Sociedad de Agencia de Seguros Generales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 5 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/38.040/12)