Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 291

Fecha del Boletín 
06-12-2012

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121206-175

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

NOTARÍA DE DON JOSÉ LUIS ELÍAS RODRÍGUEZ

175
Procedimiento venta extrajudicial hipoteca

Yo, José Luis Elías Rodríguez, notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en Parla.

Hago saber: Que ante mí se tramita procedimiento de venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, número de expediente UCI/ER/01/2012, y que afecta a la siguiente finca:

Urbana.—Número 3, vivienda primero derecha, situada en la planta primera de la casa señalada con el número 27 de la calle Macarena, en el término municipal de Parla (Madrid).

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Parla, número 2, al tomo 882, folio 46, finca número 22.070, antes número 19.763, inscripción segunda.

Que procediendo la subasta ante notario de la finca reseñada, la misma se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

1. Lugar: en el despacho notarial, sito en Parla (Madrid), plaza de Los Hoyos, número 1.

2. Día y hora: el día 29 de enero de 2013, a las diez.

3. Tipo: el de tasación, es decir, 299.520 euros.

4. Consignaciones: salvo el acreedor, todos los demás postores, sin excepción para tomar parte en la subasta, deberán consignar en la notaría (mediante cheque bancario a nombre del notario) una cantidad equivalente al 20 por 100 del tipo.

5. Posturas y mejoras: se estará a lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo.

6. Documentación y advertencias: la documentación y la certificación del Registro a que se refiere el artículo 236.a) y b) del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en la notaría, de lunes a viernes, de diez a trece horas.

Se entenderá que todo postor acepta como bastante la titulación.

Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

7. Adjudicación a calidad de ceder a tercero: solo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a tercero.

Parla, a 20 de noviembre de 2012.—El notario (firmado).

(02/9.137/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS

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