Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 291

Fecha del Boletín 
06-12-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121206-70

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

70
Demanda 41 de 2012

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 41 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Arjona Serrano y don José Luis Álvaro Roncero Roncero, contra la empresa “Transcar Logística, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 136 de 2012

En Madrid, a 21 de marzo de 2012.—Doña María Luisa Segura Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos seguidos por despido y cantidad, entre partes: de una, y como demandantes, don Luis Arjona Serrano, con documento nacional de identidad número 45737387-R, que compareció representado por el letrado don Sotero Organero Vélez, con número de colegiado 20.784, y don José Luis Álvaro Roncero Roncero, con documento nacional de identidad número 50674375-Q, que compareció asistido del mismo letrado, y de otra, como demandados, “Transcar Logística, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecieron pese a estar citados en legal forma, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando las demandas acumuladas interpuestas por don José Luis Álvaro Roncero Roncero y don Luis Arjona Serrano, frente a la empresa “Transcar Logística, Sociedad Limitada”, frente a la empresa “Transcar Logística, Sociedad Limitada”, declaro:

1.o La improcedencia de los despidos efectuados los días 27 y 23 de noviembre de 2011, y estando el centro de trabajo cerrado y sin actividad, declaro extinguidas las relaciones laborales existentes entre las partes, con efectos de la fecha de la presente sentencia, y por tanto condeno a la empresa demandada a abonar a los demandantes las cantidades siguientes:

A don José Luis Álvaro Roncero Roncero: 1.324,84 euros en concepto de indemnización y 5.804,05 euros en concepto de salarios de tramitación.

A don Luis Arjona Serrano: 946,31 euros en concepto de indemnización y 6.005,93 euros en concepto de salarios de tramitación.

2.o Estimando las reclamaciones de cantidad, condeno a la empresa “Transcar Logística, Sociedad Limitada”, a abonar a los trabajadores los importes reclamados, más el correspondiente interés anual por mora:

A don José Luis Álvaro Roncero Roncero: 5.445 euros, más 203,64 euros.

A don Luis Arjona Serrano: 2.874, más 107,49 euros.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial no se efectúa declaración expresa de absolución o condena sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, siendo indispensable que el recurrente, si fuera la empresa demandada, consigne la cantidad de la condena en “Banesto”, en la calle Princesa, número 3, de Madrid, código entidad 0030, código oficina 1033, código de cuenta 2508, bajo el título de “Juzgado de lo social número 10”, número de procedimiento 41/12, debiendo presentar, junto con el escrito de anuncio el recurso, el resguardo de dicha consignación o aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, deberá depositar 300 euros al tiempo de la formalización del recurso en la cuenta corriente número 0030/1033/2508 del mismo banco, con el título de “Recurso de suplicación”, debiendo presentar dicho resguardo en este Juzgado en el momento del anuncio.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencia de este Juzgado de lo social, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transcar Logística, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.472/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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