Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285
Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121129-86
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PUENTES VIEJAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Transcurrido el período de información pública del acuerdo municipal de fecha 29 de agosto de 2012 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 231) por el que se aprobaba la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios de cementerio y tanatorios municipales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el citado acuerdo inicial se entiende definitivamente aprobado, siendo su texto íntegro el siguiente:
“ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CEMENTERIO Y TANATORIOS MUNICIPALES
Artículo 5. Estarán exentos del pago de la tasa:
— Los enterramientos de los cadáveres que son pobres de solemnidad.
— Las inhumaciones que son ordenadas por la autoridad judicial o administrativa.
Se establece una bonificación del 50 por 100 de la cuota a los fallecidos que figuren inscritos en el padrón municipal de habitantes de Puentes Viejas con, al menos, dos años de antigüedad a la fecha del fallecimiento, así como que hayan figurado inscritos en el citado padrón durante, al menos, diez años en los últimos veinte a la fecha del fallecimiento”.
Puentes Viejas, a 13 de noviembre de 2012.—El alcalde, Gabriel Ramírez Sanz.
(03/36.932/12)