Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121129-247
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 128 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Yohanna Edith Manrique Alban, contra la empresa “Mak Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de fecha 11 de octubre de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Decreto
Secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 11 de octubre de 2012.
Parte dispositiva:
Acuerdo:
1. Decretar la suspensión de la presente ejecución.
2. Archivar provisionalmente los autos pudiendo las partes solicitar su continuación, una vez se dicte resolución que ponga fin al procedimiento concursal seguido contra la ejecutada.
3. Comunicar el presente acuerdo al Juzgado de lo mercantil del concurso.
Hágase entrega a la parte actora de copia sellada de la demanda, de testimonios del auto que despacha la ejecución, de la sentencia recaída en este procedimiento, así como de la presente resolución, y archívense las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2526/0000/00/1400/10 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mak Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 11 de octubre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/36.098/12)