Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
20-11-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121120-148

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

148
Demanda 231 de 2012

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 231 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nuria Rueda Matesanz, contra don Javier Blas Pérez Pérez, “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre resolución de contrato de trabajo, se ha dictado la siguiente

Sentencia número 383 de 2012

En Madrid, a 24 de septiembre de 2012.—Don Ángel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre resolución de contrato de trabajo, entre partes: de una, y como demandante, doña Nuria Rueda Matesanz, que comparece asistida por la letrada doña Begoña de la Fuente Fernández, colegiada número 66.139, y de otra como demandados, don Javier Blas Pérez Pérez, que no comparece, “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, que no comparece y el Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por doña Nuria Rueda Matesanz, frente a la empresa “AIG Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, debo:

1.o Declarar improcedente el despido practicado con efectos del 14 de marzo de 2012.

2.o Declarar extinguida la relación laboral con efectos del 24 de septiembre de 2012.

3.o Condenar a la empresa “AIG Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones, así como a que abone a doña Nuria Rueda Matesanz la cantidad de 29.748,60 euros en concepto de indemnización y la de 18.321,36 euros en concepto de salarios de tramitación devengados de la fecha del 14 de marzo de 2012 hasta el día 24 de septiembre de 2012).

4.o Condenar, asimismo, a la empresa “AIG Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, a que abone a doña Nuria Rueda Matesanz la cantidad de 17.217.28 euros por los conceptos indicados en el hecho probado tercero.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en la calle Princesa, número 3, de Madrid, cuenta número 0030/1033/40/0000000000 a nombre de este Juzgado con el número 2511/0000/00/ número de procedimiento y año, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Javier Blas Pérez Pérez y “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.590/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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