Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121120-146
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13
EDICTO
Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.002 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando Ariel San José Menegazzi, contra la empresa “Acarma Gestión Empresarial, Sociedad Anónima”, y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente
Sentencia número 387 de 2012
En Madrid, a 27 de septiembre de 2012.—Don Ángel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Fernando Ariel San José Menegazzi, que comparece asistido por el letrado don Justiniano Andrés Cardenal, colegiado número 28.801, y de otra, como demandada, “Acarma Gestión Empresarial, Sociedad Anónima”, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
Fallo
Estimando la demanda interpuesta por don Fernando Ariel San José Menegazzi, frente a la empresa “Acarma Gestión Empresarial, Sociedad Anónima”, debo:
1.o Declarar improcedente el despido practicado con efectos del 1 de agosto de 2011.
2.o Declarar extinguida la relación laboral con efectos del 27 de septiembre de 2012.
3.o Condenar a la empresa “Acarma Gestión Empresarial, Sociedad Anónima”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones, así como a que abone a don Fernando Ariel San José Menegazzi la cantidad de 1.247,14 euros en concepto de indemnización y la de 20.096,73 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del despido (el 1 de agosto de 2011) hasta la de la extinción de la relación laboral (el 27 de septiembre de 2012).
4.o Imponer a la empresa “Acarma Gestión Empresarial, Sociedad Anónima”, una sanción por temeridad procesal consistente en el pago de una multa de 300 euros y en el abono de los honorarios del letrado de la parte actora.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en la calle Princesa, número 3, de Madrid, cuenta número 0030/1033/40/0000000000 a nombre de este Juzgado con el número 2511/0000/00/ número de procedimiento y año, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Acarma Gestión Empresarial, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 16 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/34.588/12)