Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121103-98
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21
EDICTO
Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
Hago saber: Que por diligencia de ordenación dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de doña Aída Cuadrado Figueroa, y don Francisco Javier Vacas Honrubio, contra “Técnica y Control Ambiente, Sociedad Anónima”, en reclamación por despido, registrado con el número 203 de 2012, se ha acordado notificar a “Técnica y Control Ambiental, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de notificar la sentencia número 325 de 2012, de fecha 5 de septiembre de 2012, siguiente:
Diligencia.—En Madrid, a 26 de septiembre de 2012.
La extiendo yo, el secretario, para hacer constar que se ha recibido devuelta la notificación dirigida a la empresa demandada, por lo que se envía de nuevo por Servicio Común de Notificaciones y Embargos.—Doy fe.
Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Enrique Roldán López.—En Madrid, a 26 de septiembre de 2012.
Visto el estado de las actuaciones, y resultando que se ha recibido devuelta la notificación a la parte demandada, notifíquese a la misma cautelarmente por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán en estrados (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
En Madrid, a 5 de septiembre de 2012.—La ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, ha dictado en nombre del Rey la siguiente.
Sentencia número 325 de 2012
En los autos de juicio verbal sobre despido seguidos entre las partes: de la una, y como demandantes, doña Aída Cuadrado Figueroa, con documento nacional de identidad número 50318980-V, y don Francisco Javier Vacas Honrubia, defendidos por el letrado don Francisco Javier Verdejo, y de la otra, y como demandados, “Técnica y Control Ambiental, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial.
Fallo
Que, estimando la demanda formulada por doña Aída Cuadrado Figueroa y don Francisco Javier Vacas Honrubia, frente a “Técnica y Control Ambiental, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de don Francisco Javier Vacas Honrubia y la nulidad del despido de doña Aída Cuadrado Figueroa, acuerdo la extinción de la relación laboral que unía a las partes con efectos de la presente resolución y condeno a la empresa demandada a abonar a los actores las siguientes cantidades:
A doña Aída Cuadrado Figueroa: 4.428,90 euros en concepto de indemnización y 2.657,34 euros en concepto de salarios de tramitación devengados desde el día siguiente a la finalización de la situación de maternidad (14 de julio de 2012) hasta la fecha de esta sentencia, a razón del salario declarado probado (49,21 euros diarios).
A don Francisco Javier Vacas Honrubia: 15.828,23 euros en concepto de indemnización y 10.078,38 euros en concepto de salarios de tramitación devengados desde el día siguiente al de efectos del despido (16 de enero de 2012) hasta la fecha de esta sentencia, a razón del salario declarado probado (43,07 euros diarios).
Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por este pronunciamiento.
Notifíquese esta sentencia a las partes y adviértase de que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma, por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo.
Al anunciar el recurso, todo aquel que sin tener condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social pretenda formular recurso, deberá acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre de este Juzgado de lo social abierta en el “Banco Español de Crédito” con el número 2519, clave 65, sucursal 1033, haciendo constar en el ingreso el número de expediente, pudiéndose sustituir la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que consta la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, el que no goce del beneficio de justifica gratuita y pretenda formular recurso deberá efectuar un depósito de 300 euros en esa misma cuenta bancaria.
Por último, se advierte a las partes que deberán hacer constar en los escritos de interposición del recurso y de impugnación un domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a efectos de notificación.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de citación a “Técnica y Control Ambiente, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
En Madrid, a 26 de septiembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/32.705/12)

