Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
01-11-2012

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121101-22

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL

Sección Tercera

EDICTO

22
Recurso 2.802 de 2012

Doña Ana López-Medel Bascones, secretaria de la Sala de lo social (Sección Cuarta) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber: Que en esta Sala se sigue el recurso de suplicación número 2.802 de 2012, interpuesto por el letrado don Andrés Prieto Chaparro, en nombre y representación de doña Sandra de Dios Herrero, contra la sentencia de fecha 23 de febrero de 2012 dictada por el Juzgado de lo social número 34 de Madrid (autos número 1.136 de 2011), contra Fondo de Garantía Salarial y “Horno Gallego Alfer, Sociedad Limitada”, en el que se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 1 de octubre de 2012 del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, señora López-Medel Bascones.—En Madrid, a 1 de octubre de 2012.

Recibido el anterior escrito presentado por el letrado don Andrés Prieto Chaparro, en nombre y representación por designación de oficio de doña Sandra de Dios Herrero, se tiene por interpuesto en tiempo y forma recurso de casación para la unificación de doctrina contra la sentencia dictada por esta Sala. Emplácese a las partes para su personación por escrito por medio de letrado ante la Sala de lo social del Tribunal Supremo dentro del plazo de los diez días siguientes a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho la parte recurrente con la remisión de los presentes autos.

Se advierte a las partes que deberán acreditar su representación de no constar previamente en las actuaciones y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones con todos los datos necesarios para su práctica, con los efectos del apartado 2 del artículo 53 del texto refundido de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno. Adviértase a la parte recurrida que podrá oponerse a la admisión del recurso al personarse ante la Sala de lo social del Tribunal Supremo.

Y para que sirva de notificación a “Horno Gallego Alfer, Sociedad Limitada”, actualmente en domicilio desconocido o en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Madrid, a 1 de octubre de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/33.182/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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