Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
25-10-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121025-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

88
Divorcio contencioso 1.062 de 2010

En el procedimiento de divorcio contencioso número 1.062 de 2010 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 26 de enero de 2012.—Vistos por el ilustrísimo señor don José Luis Gonzálvez Vicente, magistrado-juez sustituto del Juzgado de primera instancia número 29 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.062 de 2010, a instancias de doña Khadija Chakkur, representada por el procurador don Ángel Luis Rodríguez Velasco, contra don Sadik Sarroukh, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que, estimando la demanda formulada por la representación de doña Khadija Chakkur, contra don Sadik Sarroukh, debo declarar y declaro la disolución por el divorcio del matrimonio contraído por las partes el 10 de octubre de 2003 en Tánger (Marruecos), con todos los efectos legales.

No procede librar mandamiento al Registro Civil Central al no constar que el matrimonio esté inscrito.

No se hace expreso pronunciamiento en costas.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación de la presente sentencia. En la interposición del recurso, el apelante deberá exponer las alegaciones en que se basa la impugnación además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Debiendo acompañar justificante de haber consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado el depósito de 50 euros necesario para recurrir en apelación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Sadik Sarroukh, se extiende la presente para que sirva de notificación de sentencia.

En Madrid, a 26 de enero de 2012.—Firmado.

(02/7.975/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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