Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
25-10-2012

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121025-72

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLACONEJOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

72
Delegación de competencias

El Juzgado de paz de Villaconejos presenta, con número 3366 del Registro General de este Ayuntamiento y fecha de 7 de septiembre de 2012, escrito por el cual se autoriza la celebración de matrimonio entre don Juan Carlos Ruiz Escalona y doña Marta Sánchez Sánchez, habiendo elegido ambos la Alcaldía-Presidencia del excelentísimo Ayuntamiento de Villaconejos para la prestación del mutuo consentimiento.

Considerando la imposibilidad material del señor alcalde de encontrarse presente mañana, día previsto para la celebración del enlace, en este término municipal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.1 del Código Civil, en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en los artículos 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta Alcaldía-Presidencia decreta:

Primero.—Delegar en la concejala de este Ayuntamiento doña Margarita Velasco González la competencia para que autorice el matrimonio civil entre don Juan Carlos Ruiz Escalona y doña Marta Sánchez Sánchez, el día sábado 8 de septiembre de 2012.

Segundo.—Comunicar esta resolución a los contrayentes y a la concejala interesada, dando cuenta al Ayuntamiento Pleno en la siguiente sesión ordinaria que este celebre y publicándose el presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Villaconejos, a 7 de septiembre de 2012.—La secretaria, Mar Lomba Piquer.—El alcalde-presidente, Adolfo Pacheco Sánchez.

(02/7.234/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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