Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121025-205
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 923 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jonathan Martín Aliseda, contra la empresa “Sergatrans Logística y Distribución, Sociedad Limitada”, don Jesús Gutiérrez Sordo, don Miguel Piqueras Cano y don José Manuel Salguero Quiles, sobre ordinario, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
Parte dispositiva:
Se aprueba y homologa el contenido de la conciliación suscrita en el presente procedimiento con fecha 20 de septiembre de 2012 por don Jonathan Martín Aliseda, “Sergatrans Logística y Distribución, Sociedad Limitada”, don Jesús Gutiérrez Sordo, don Miguel Piqueras Cano y don José Manuel Salguero Quiles.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a ella no cabe recurso, sin perjuicio de lo prevenido por el artículo 84.5 de la Ley de Procedimiento Laboral sobre impugnabilidad de la validez de la avenencia dentro de los quince días siguientes a su celebración.
Así por este decreto lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.—El secretario judicial, David Atienza Marcos.
Parte dispositiva:
Se tiene por desistido a don Jonathan Martín Aliseda de su demanda con respecto a don Jesús Gutiérrez Sordo, don Miguel Piqueras Cano y don José Manuel Salguero Quiles, y una vez firme esta resolución, archívese.
Notifíquese la resolución a las partes.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado [2805/0000/30/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos)], acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
Así por este decreto lo mando y firmo. Doy fe.—El secretario judicial, David Atienza Marcos.
Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso, o resuelva un incidente o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Jesús Gutiérrez Sordo, don Miguel Piqueras Cano y don José Manuel Salguero Quiles, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 21 de septiembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/32.103/12)