Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
25-10-2012

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121025-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

EDICTO

82
Procedimiento 260 de 2011

Doña Beatriz Crespo Marqués, secretaria judicial de la Sección Segunda de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Doy fe: Que en el procedimiento ordinario número 260 de 2011 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 321

Ilustrísimos señores: presidente, don Francisco Gerardo Martínez Tristán; magistrados, don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez, don José Daniel Sanz Heredero, doña Elvira Adoración Rodríguez Martí, don Miguel Ángel García Alonso y doña Fátima Blanca de la Cruz Mera.—En Madrid, a 8 de marzo de 2012.

Vistos por la Sala, constituida por los señores citados, de este Tribunal Superior de Justicia los autos de recurso contencioso-administrativo número 260 de 2011, interpuesto por don Mateo García-Caro del Rey, representado por la procuradora doña María Sandra Orero Bermejo, contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 25 de febrero de 2011, por el que se aprueba la ordenanza de protección contra la contaminación acústica y térmica. Ha sido parte demandada el Ayuntamiento de Madrid representado por el letrado del Ayuntamiento.

Fallamos

Que declaramos inadmisible el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Mateo García-Caro del Rey, representado por la procuradora doña María Sandra Orero Bermejo, contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 25 de febrero de 2011, por el que se aprueba la ordenanza de protección contra la contaminación acústica y térmica, y todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo que se deberá preparar ante esta Sala en el plazo de diez días a partir de su notificación, previa constitución del depósito previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, bajo apercibimiento de no admitir a trámite dicho recurso. Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de esta Sección, número 2612 (“Banesto”), especificando en el campo concepto “Recurso 24 Contencioso-Casación” (50 euros). Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse justamente después de especificar los dieciséis dígitos de la cuenta expediente (separados por un espacio).

En su momento, devuélvase el expediente administrativo al departamento de su procedencia, con certificación de esta resolución.

Así por esta nuestra sentencia, juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación a los efectos del artículo 126 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa expido el presente.

En Madrid, a 19 de septiembre de 2012.—La secretaria (firmado).

(01/3.203/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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