Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
17-10-2012

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121017-66

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCOBENDAS NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

66
Procedimiento alimentos provisionales 194 de 2008

Juzgado de instrucción número 4 de Alcobendas (anterior mixto número 9).

En el procedimiento de alimentos provisionales número 194 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 29 de 2008

En Alcobendas, a 12 de mayo de 2008.—Vistos por doña Gemma Susana Fernández Díaz, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 4 (anterior Juzgado de primera instancia e instrucción número 9) de Alcobendas y su partido, los presentes autos de guardia, custodia y alimentos, seguidos en este Juzgado con el número 194 de 2008, promovidos por doña Gema Mercedes Alcaraz Díaz, representada por el procurador de los tribunales don Pedro A. Gómez Elvira Suárez, actuando en nombre y representación de doña Carmen Beatriz Castelló Illanes, contra don Rodrigo José Luzón Macas, con base en el siguiente.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don Pedro A. Gómez Elvira Suárez, actuando en nombre y representación de doña Carmen Beatriz Castelló Illanes, contra don Rodrigo José Luzón Macas, se aprueba el convenio regulador de las medidas paterno-filiales suscrito de mutuo acuerdo por los progenitores en fecha 1 de marzo de 2008, y todo ello sin expresa imposición en cuanto a las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal y a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación que habrá de prepararse en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación para ante la Audiencia Provincial de Madrid. Que el convenio regulador suscrito por las partes queda unido por testimonio a la sentencia, formando parte integrante de la misma.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos, quedando el original en el libro de sentencias, los pronuncio, mando y firmo.

Auto

Magistrado-juez de instrucción, don Gonzalo Salgado Criado.—En Alcobendas, a 16 de mayo de 2012.

Antecedentes de hecho:

Primero.—En el presente procedimiento se ha dictado sentencia de 12 de mayo de 2008, que ha sido notificada a las partes.

Segundo.—La referida resolución contiene el siguiente error:

En el encabezamiento de la sentencia sale el nombre de doña Gema Mercedes Alcaraz Díaz, que nada tiene que ver con este procedimiento.

En el fundamento de derecho primero, vuelve a salir dos personas ajenas a este procedimiento “doña Gema Mercedes Alcaraz Díaz y don Roberto Jiménez Esteban.

Parte dispositiva:

Se rectifica la sentencia de fecha 12 de mayo de 2008, en el sentido de:

1. Que donde se dice en el encabezamiento de la sentencia: “...promovidos por doña Gema Mercedes Alcaraz Díaz...”; debe decir: “...promovidos por doña Carmen Beatriz Castelló Illanes”.

2. Que donde se dice en el fundamento de derecho primero: “...formada por doña Gema Mercedes Alcaraz Díaz y don Roberto Jiménez Esteban”; debe decir: “...formada por doña Carmen Beatriz Castelló Illanes y don Rodrigo José Luzón Macas”.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Así lo acuerda, manda y firma su señoría, de la que se llevará testimonio a los autos, quedando el original en el libro de sentencias, unida a la sentencia de fecha 12 de mayo de 2008.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Rodrigo José Luzón Macas, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Alcobendas, a 11 de septiembre de 2012.—El secretario (firmado).

(03/30.845/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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