Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
16-10-2012

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121016-36

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

36
Impuesto actividades económicas 2012

Aprobados definitivamente, por decreto de esta Alcaldía dictado con fecha 27 de septiembre de 2012, los padrones y listas cobratorias de los tributos locales, impuesto sobre actividades económicas, reserva de paso exclusivo para vados y recogida de residuos sólidos urbanos (basuras), referidos todos ellos al ejercicio 2012, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones por convenientes tengan.

Se establece como plazo de pago en período voluntario del 2 de noviembre al 31 de diciembre de 2012.

Lugar y forma de pago: en dinero de curso legal en cualquiera de las sucursales y entidades bancarias de esta localidad, “Bankia” y “La Caixa”.

Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determina la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

En Belmonte de Tajo, a 9 de octubre de 2012.—La alcaldesa, Ana M. Pinos Sangonzalo.

(02/8.012/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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