Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
13-10-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121013-132

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 3

EDICTO

132
Ejecución 171.1 de 2012

La secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Málaga.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 171.1 de 2012, sobre pieza separada, a instancias de don Tomasz Jan Rusek, contra “Aplicaciones Técnicas Electrónicas y Audiovisuales, Sociedad Limitada” (“APTEL, Sociedad Limitada”) (cédula de identificación fiscal número B-82802943), en la que con fecha 13 de septiembre de 2012, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva dice:

Acuerdo: Declarar a la ejecutada “Aplicaciones Técnicas Electrónicas y Audiovisuales, Sociedad Limitada” (“APTEL, Sociedad Limitada”) (cédula de identificación fiscal número B-82802943), en situación de insolvencia total por importe de 3.989,61 euros en concepto de principal, más 638,33 euros presupuestados provisionalmente para intereses, gastos y costas. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Remítase edicto para su publicación en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil”.

Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de este Juzgado número 2591/0000/ 64/0171/12, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Aplicaciones Técnicas Electrónicas y Audiovisuales, Sociedad Limitada” (“APTEL, Sociedad Limitada”) (cédula de identificación fiscal número B-82802943), cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamiento y todas aquellas otras para que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Málaga, a 13 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.678/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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