Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121013-61
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13
EDICTO
Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.683 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eugenio Bolaños Mendoza, contra las empresas “Ferrovial Agromán, Sociedad Anónima”, y “Axom Prevención, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 313 de 2012
En Madrid, a 27 de junio de 2012.—Don Ángel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 12 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Eugenio Bolaños Mendoza, que comparece asistido del letrado don Ángel Fellud Granja, y de otra, como demandadas, “Ferrovial Agromán, Sociedad Anónima”, asistida del letrado don Jesús Javier Chaves Declara, y “Axom Prevención, Sociedad Limitada”, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
Fallo
Estimando la demanda interpuesta por don Eugenio Bolaños Mendoza, frente a “Axom Prevención, Sociedad Limitada”, y “Ferrovial Agromán, Sociedad Anónima”, debo:
1.o Condenar a la empresa “Axom Prevención, Sociedad Limitada”, a que abone a don Eugenio Bolaños Mendoza la cantidad líquida de 871,13 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
2.o Declarar la responsabilidad solidaria de la empresa “Ferrovial Agromán, Sociedad Anónima” en el pago de la cantidad de 764,53 euros.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Axom Prevención, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 11 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/30.719/12)